uJan 262013
 

1. EDAD DE JUBILACIÓN
Artículo 161.1,a) LGSS:
– 65 años si se acreditan 38 años y 6 meses de cotización.
– 67 años en el resto de los casos.
Disposición transitoria 20a LGSS:
establece un periodo transitorio: entre 2013 Y 2027.
Edad: se incrementará un mes por año desde 2013 kuze 2018 Y 2 meses por año
kusukela 2019 kuze 2027.
Periodo de cotización: se incrementará 3 meses por año entre 2013 Y 2027. (Descargar documento)

Iya ekhaya

Uxolo, ifomu comment ivaliwe ngalesi sikhathi.