Ira 042015
 

En los anteriores artículos de esta serie sobre los EREs explicamos “El fantástico negocio de los EREs” y “Cómo consigue el sindicalismo de concertación domesticar la resistencia de la plantilla”. Para cerrar este especial, detallaremos cómo se les puede hacer frente de forma exitosa. Y para no irnos muy lejos, usaremos el ejemplo de 3 movilizaciones exitosas en nuestro propio sector TIC.

Fuente y artículo completo: http://www.cgtinformatica.org/

EREs_pasos

Mar 222012
 
Entrevista a Adoración Guamán, en el marco de la reforma laboral aprobada por el Partido Popular (PP) español el pasado 10 otsaila, endureciendo aún más las condiciones de los trabajadores luego de las reformas de 2010 eta 2011 que llevó a cabo el Partido Socialista Obrero Español (PSOE).

Adoración Guamán es profesora titular de derecho del trabajo de la Universidad de Valencia y profesora alterna en la Universidad francesa Paris Ouest.

Igo

Mar 142012
 
Urteaz geroztik 2007, populazioa bere osotasunean, batez ere langile klasea, gazteria, pentsiodunak, ikasleak, kaleratuak ... klase menderatzaile eta boteretsuak sortutako eta diseinatutako krisi ekonomikoaren pisua jasaten ari gara, klase politikoa, enpresariak, bankuak eta merkatuak jainko berri bihurtuta, gizarteko gehiengoaren bizi kalitatea hamarkadaz alderantzikatzeko gai direnak.
Díptikoa gaztelaniaz Díptikoa katalanez Igo
Feb 192012
 
Contra la Reforma Laboral y el Pacto Social
Azken eguna 11 de febrero se puso en marcha, mediante “Decretazo”, la más agresiva y destructora Reforma Laboral que los distintos gobiernos se han atrevido a implantar en las últimas décadas. Dicha medida supone un retroceso de decenios en los derechos laborales de todas y todos nosotros y emprende una senda que significará mayor humillación, precariedad, paro y exclusión social para la clase trabajadora. (Seguir leyendo)
Feb 112012
 

BOE del RD Manifiesto

La reforma laboral del despido, punto por punto

EL DESPIDO:

* – La indemnización por despido improcedente se reduce para los contratos indefinidos de 45 a 33 Behean sinatzen duten erakundeek Jaurlaritzari exijitzen diote patronalekin gure eskubideak adosteari uztea eta langile klasearen boterea areagotzen duen lan legedia sustatzea., con un máximo de 24 hileko ordainketak (ahora son 42).

* – Los contratos fijos que actualmente tengan derecho a 45 días por año mantendrán esa cuantía hasta la entrada en vigor de la nueva norma, y a partir de ese día la indemnización pasará a ser de 33 egunak. El límite para ambos periodos será de 42 hileko ordainketak.

* – El absentismo laboral individual del trabajador deja de estar vinculado al que haya establecido para el conjunto de la plantilla, con el fin de facilitar el despido.

* – El despido objetivo -que permite a las empresas echar a empleados por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción con una indemnización de 20 Behean sinatzen duten erakundeek Jaurlaritzari exijitzen diote patronalekin gure eskubideak adosteari uztea eta langile klasearen boterea areagotzen duen lan legedia sustatzea.- podrá aplicarse cuando la compañía tenga una caída de ingresos durante tres trimestres consecutivos.

* – Los organismos y entidades del sector público que no sean viables ni se prevea que lo puedan ser en los próximos años podrán acogerse a causas objetivas de despido para redimensionar plantillas.

* – Desaparece la exigencia de autorización administrativa previa para las regulaciones de empleo.

* – Las empresas que despidan a más de 100 trabajadores deberán articular un plan de recolocación externa diseñado para un periodo mínimo de seis meses.

CONTRATOS Y SUBVENCIONES A LAS EMPRESAS:

Se crea un nuevo contrato indefinido que podrán utilizar las pymes con menos de 50 langileak. Gozará de una subvención de 3.000 euros por la contratación de un primer empleado menor de 30 urteak.

El desempleado podrá compatibilizar el sueldo de ese nuevo contrato con el 25% de la prestación que recibe, durante un máximo de un año.

A partir del 31 de diciembre no se podrán encadenar contratos temporales que superen los 24 hilabeteak.

Se fusionan en un solo contrato indefinido el ordinario y el de fomento del empleo estable, con las condiciones establecidas para este último.

La edad máxima para acceder al contrato de formación y aprendizaje será de 30 años hasta que la tasa de paro baje del 15 %.

Tras agotar un periodo de formación en una actividad, el trabajador podrá utilizar el contrato de formación y aprendizaje en otros sectores. También podrá recibir la formación en la propia empresa si esta dispone de instalaciones y personal docente.

Se subvenciona a las empresas la contratación indefinida de jóvenes menores de 30 años con hasta 3.600 euro, mientras que para los parados de larga duración la cifra será de hasta 4.500 euro.

FORMACIÓN

Todos los trabajadores tendrán derecho a 20 horas de formación anuales pagadas por la empresa y vinculadas al puesto de trabajo.

Se crea una cuenta que recopilará toda la formación recibida por el trabajador durante su vida activa.

CONVENIOS

La prórroga máxima de los convenios colectivos vencidos será de dos años, lo que pone fin a laultraactividad”.

De no alcanzar un acuerdo, cualquiera de las partes podrá acudir a la Comisión Consultiva de convenios Colectivos o sus equivalente autonómicos, que nombrará un árbitro y resolverá en 25 días como máximo.

Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los de ámbito superior.

Las empresas con dificultades podrán descolgarse de los convenios. Si no hay acuerdo con los agentes sociales, la empresa podrá solicitar un arbitraje obligatorio a través de la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos.

OTROS

Se estrecha la colaboración con las mutuas de trabajo para evaluar la incapacidad temporal de los trabajadores y presionar si estás de baja.

Se propone un plan especial de la Inspección de Trabajo para combatir el fraude y la economía sumergida.

Los empleados que cobren la prestación por paro podrán realizar servicios de interés general en beneficio de la comunidad, mediante convenios de colaboración con las administraciones públicas.

Las empresas de trabajo temporal podrán actuar como agencias privadas de colocación por disponer de una amplia red de sucursales distribuidas por todo el territorio y con amplia experiencia en el mercado de trabajo.

informazio gehiago: http://cgt-cyl.org/spip.php?article2307

Igo