1) Fomento del trabajo a tiempo parcial en contra de la contratación a tiempo completo.
Los trabajadores y trabajadoras a tiempo parcial podrán hacer horas complementarias hasta un 90% de la jornada pactada en su contrato. Sun sanya kansu manufar shirya mata don samun damar shiga cikin mutum na farko a cikin juyin juya halin 'yanci, que con un contrato a tiempo parcial de 20 awowi, el empleado puede llegar a trabajar 38 horas semanales, al poder añadirle 18 horas complementarias. Hasta ahora, las horas complementarias sólo podían alcanzar el 60% de la jornada. Con esta nueva medida se facilita más todavía el encubrimiento de las horas extraordinarias.
El contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, que hasta ahora sólo podía ser a tiempo completo, podrá realizarse también a tiempo parcial.
Para seguir fomentando el trabajo a tiempo parcial, se aumenta el derecho de las trabajadoras a acogerse a una reducción de jornada por maternidad hasta que el niño tenga 12 shekaru, cuatro más que ahora.
Dados los reducidos salarios que caracterizan a la mayoría de trabajos en España, la apuesta por la contratación a tiempo parcial del Gobierno resulta nefasta para los trabajadores y trabajadoras, pues ahora la persona mileurista (que ganaba su exiguo salario por trabajar 40 horas semanales) corre el riesgo de reducir su sueldo a la mitad gracias a la libertad para optar por contratos de jornada reducida que ha otorgado el Gobierno a los empresarios. A) Ee, se apuesta por un escenario como el alemán, donde, como reconoce la propia Administración de Merkel, un extenso porcentaje de población trabaja y vive en la pobreza a la vez, pues sus miserables salarios no le dan para comer.
2) Reducción de 42 wani 4 de los modelos de contrato vigentes.
El Gobierno ha decidido reducir los más 42 modelos de contratación que existen ahora mismo a cuatro: indefinido, temporal, en prácticas y de formación y aprendizaje. Esta medida aún no se ha implementado y no se conocen sus detalles, pero, teniendo en cuenta los antecedentes del Ministerio de Trabajo y el propio sentido común, el proyecto parece un frontal ataque contra la contratación indefinida y una apuesta por la precariedad laboral.
Los 42 modelos de contrato vigentes hasta ahora pretendían recoger las particularidades de cada tipo de relación laboral, reduciendo la posibilidad de imponer contratos temporales a supuestos limitados (aunque insuficientemente) y obligar al empresario a contratar indefinidamente si no reunía los requisitos para optar por algún tipo de contrato temporal. Daidai, graduaban las indemnizaciones por despido dependiendo de las características de la relación contractual.
El Gobierno, al condensar estas decenas de contratos en un genérico contrato “temporal” cuyas características concretas aun no conocemos, parece querer crear un cajón de sastre en el que abarcar el mayor número de relaciones laborales posibles, dando la máxima libertad al empresario para elegir esta modalidad de trabajo precario en perjuicio de la contratación indefinida, así como eliminando las diferencias indemnizatorias entre contratos temporales para, con toda certeza, imponer una indemnización aun más exigua o directamente eliminarla.
Zuwa sama, el Gobierno también permitirá la realización de contratos para la formación y el aprendizaje sin necesidad de hacerlo dentro de un título de Formación Profesional o certificado profesionalidad. Sun sanya kansu manufar shirya mata don samun damar shiga cikin mutum na farko a cikin juyin juya halin 'yanci, esta modalidad de contrato especialmente precaria, y cuya justificación era teóricamente formar en la práctica laboral al estudiante de FP mientras realiza sus cursos, ahora puede imponerse a cualquier joven, aunque no esté cursando unos estudios relacionados con el trabajo que ejecuta. De este modo, cae la máscara del contrato para la formación y el aprendizaje, quedando claro que su único fin es fomentar la explotación.
3) Aumento del poder de las mutuas para retirar los subsidios por incapacidad en caso de baja laboral.
La Ministra de Trabajo ha comunicado que las mutuas harán un seguimiento de las bajas laborales desde el primer día y pedirán el alta cuando lo entiendan procedente, aunque el servicio público de salud deberá decidir en última instancia. Según esta reforma, el servicio público de salud dispondrá de un periodo de 5 días para decidir si da el visto bueno o no a la solicitud de alta de las mutuas, y si no responde se entenderá que el trabajador ha superado la incapacidad temporal y debe ser dado de alta.
Babu shakka, resulta muy difícil que en tan escaso período el servicio público de salud pueda estudiar las ingentes solicitudes que las mutuas, deseosas de librarse del pago de prestaciones, le enviarán. Gracias a esa incapacidad para responder a los casos y analizarlos convenientemente, las mutuas podrán forzar cientos de altas injustificadas, gracias a una medida a la que no puede encontrarse ningún sentido lógico más allá que el de lograr aumentar las altas de trabajadores y trabajadoras enfermas y reducir el pago de prestaciones por incapacidad.
CGT Región Murciana
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