Feb 062026
 

Desde la sección sindical de la CGT en el Instituto Grifols, queremos informar que el plasma sanguíneo conlleva, de forma indiscutible, un riesgo biológico.

La sección sindical interpuso una demanda contra la empresa ante el Juzgado de lo Social de Granollers, debido a que la dirección había eliminado deliberadamente el riesgo biológico de las evaluaciones de riesgos laborales en el área productiva, alegando que trabajar con plasma no suponía ningún peligro. Tras ganar el juicio inicial, la empresa recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el cual ha vuelto a darnos la razón. Al no haberse presentado recurso ante el Supremo, la sentencia ya es firme.

La justicia dictamina que el plasma sí implica riesgo biológico y que dicho riesgo debe constar obligatoriamente en las evaluaciones. Esto contradice totalmente el discurso de la empresa y de su departamento de prevención (cuya objetividad queda en entredicho).

¿Qué significa esto para la plantilla de Instituto Grifols?

  • Actualización de evaluaciones: Se debe actualizar la evaluación de riesgos de cada puesto de trabajo.

  • Protección real: Exigir las medidas de seguridad y equipos de protección adecuados.

  • Derecho al aseo: Según la Ley de Prevención, el personal expuesto a agentes biológicos tiene derecho a 10 minutos para el aseo personal antes de la comida y antes de abandonar el trabajo.

  • Salud laboral: En caso de enfermedad derivada del trabajo, habrá un fundamento jurídico sólido para su reconocimiento como contingencia profesional.

  • Jubilación: Este factor debe computar a la hora de aplicar coeficientes reductores para la jubilación.

Después de que intentaran «vendernos la moto», la realidad se ha impuesto: la empresa está obligada por ley a incluir el riesgo biológico en las evaluaciones de riesgos laborales.

Todo gracias a una demanda interpuesta por la sección sindical de CGT Instituto Grifols.

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