망치다 182012
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Especial de Azagra sobre la Reforma laboral 2012, para informar y llamar a la Huelga General.
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망치다 112012
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보도 자료
Valoració de la mobilització del 4 de Març a Mollet del Vallès
Des de la CGT del Vallès Oriental fem una valoració positiva de la manifestació que es va dur a terme el passat diumenge 4 de Març pels carrers de Mollet. Tot i reconèixer que esperàvem més participants (unes 150 persones van participar en la mateixa) valorem per una banda, la varietat de participants en la mateixa, aturats, persones immigrades, treballadors/es de Derbi, 재학생. I també les mostres de suport que vam rebre dels veïns/es de Plana Llado així com l ́ambient de la manifestació amb consignes constants contra els tancaments de la Derbi i del CEIP Nicolàs Longarón, la reforma laboral i en favor dels drets de les persones immigrades entre d ́altres.
망치다 062012
망치다 062012
manimollet4m
망치다 052012
Secretaria de Jurídica
Des de la Secretària de Jurídica hem preparat un reportatge per la Revista Catalunya. I, aprofitant que hem hagut d’estudiar el tema, us en fem un avenç, extens, en aquest comunicat. En ell us fem una breu de l’exposició de motius i una explicació de les mesures més importants, que contenen els quatre capítols de la llei. (Descarregar resum extens)
2월 262012
보도 자료
Manifestació el proper 4 de Març a Mollet del Vallès contra la reforma laboral, l´atur, i el pacte social
Des de l’inicií d’aquesta crisi, la CGT del Vallès Oriental no hem deixat de mobilitzar-nos per denunciar que una minoria de la societat formada per empresaris, polítics i banquers volem fer-nos pagar als i les treballadors/es una crisi que no hem creat nosaltres. Estem veient com els mateixos que han creat tota la situació actual, ara se’ns presenten com a “salvadors” per sortir de la mateixa…
2월 262012
2월 192012
LaSextaNoticias의 이미지
2월 192012
Contra la Reforma Laboral y el Pacto Social
El pasado día 11 de febrero se puso en marcha, mediante “Decretazo”, la más agresiva y destructora Reforma Laboral que los distintos gobiernos se han atrevido a implantar en las últimas décadas. Dicha medida supone un retroceso de decenios en los derechos laborales de todas y todos nosotros y emprende una senda que significará mayor humillación, precariedad, paro y exclusión social para la clase trabajadora. (Seguir leyendo)
2월 112012
La reforma laboral del despido, punto por punto
EL DESPIDO:
* – La indemnización por despido improcedente se reduce para los contratos indefinidos de 45 에이 33 일 년 일, con un máximo de 24 mensualidades (ahora son 42).
* – Los contratos fijos que actualmente tengan derecho a 45 días por año mantendrán esa cuantía hasta la entrada en vigor de la nueva norma, y a partir de ese día la indemnización pasará a ser de 33 días. El límite para ambos periodos será de 42 mensualidades.
* – El absentismo laboral individual del trabajador deja de estar vinculado al que haya establecido para el conjunto de la plantilla, con el fin de facilitar el despido.
* – El despido objetivo -que permite a las empresas echar a empleados por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción con una indemnización de 20 일 년 일- podrá aplicarse cuando la compañía tenga una caída de ingresos durante tres trimestres consecutivos.
* – Los organismos y entidades del sector público que no sean viables ni se prevea que lo puedan ser en los próximos años podrán acogerse a causas objetivas de despido para redimensionar plantillas.
* – Desaparece la exigencia de autorización administrativa previa para las regulaciones de empleo.
* – Las empresas que despidan a más de 100 trabajadores deberán articular un plan de recolocación externa diseñado para un periodo mínimo de seis meses.
CONTRATOS Y SUBVENCIONES A LAS EMPRESAS:
– Se crea un nuevo contrato indefinido que podrán utilizar las pymes con menos de 50 trabajadores. Gozará de una subvención de 3.000 euros por la contratación de un primer empleado menor de 30 años.
– El desempleado podrá compatibilizar el sueldo de ese nuevo contrato con el 25% de la prestación que recibe, durante un máximo de un año.
– A partir del 31 de diciembre no se podrán encadenar contratos temporales que superen los 24 meses.
– Se fusionan en un solo contrato indefinido el ordinario y el de fomento del empleo estable, con las condiciones establecidas para este último.
– La edad máxima para acceder al contrato de formación y aprendizaje será de 30 años hasta que la tasa de paro baje del 15 %.
– Tras agotar un periodo de formación en una actividad, el trabajador podrá utilizar el contrato de formación y aprendizaje en otros sectores. También podrá recibir la formación en la propia empresa si esta dispone de instalaciones y personal docente.
– Se subvenciona a las empresas la contratación indefinida de jóvenes menores de 30 años con hasta 3.600 유로, mientras que para los parados de larga duración la cifra será de hasta 4.500 유로.
FORMACIÓN
– Todos los trabajadores tendrán derecho a 20 horas de formación anuales pagadas por la empresa y vinculadas al puesto de trabajo.
– Se crea una cuenta que recopilará toda la formación recibida por el trabajador durante su vida activa.
CONVENIOS
– La prórroga máxima de los convenios colectivos vencidos será de dos años, lo que pone fin a la “ultraactividad”.
– De no alcanzar un acuerdo, cualquiera de las partes podrá acudir a la Comisión Consultiva de convenios Colectivos o sus equivalente autonómicos, que nombrará un árbitro y resolverá en 25 días como máximo.
– Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los de ámbito superior.
– Las empresas con dificultades podrán descolgarse de los convenios. Si no hay acuerdo con los agentes sociales, la empresa podrá solicitar un arbitraje obligatorio a través de la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos.
OTROS
– Se estrecha la colaboración con las mutuas de trabajo para evaluar la incapacidad temporal de los trabajadores y presionar si estás de baja.
– Se propone un plan especial de la Inspección de Trabajo para combatir el fraude y la economía sumergida.
– Los empleados que cobren la prestación por paro podrán realizar servicios de interés general en beneficio de la comunidad, mediante convenios de colaboración con las administraciones públicas.
– Las empresas de trabajo temporal podrán actuar como agencias privadas de colocación por disponer de una amplia red de sucursales distribuidas por todo el territorio y con amplia experiencia en el mercado de trabajo.
Más información: http://cgt-cyl.org/spip.php?article2307