Motivos para no firmar el Codi de Conducta UOC

«Codi de conducta de la UOC: tots l’hem de signar»
«I és que és un codi que s’ha de complir obligatòriament»

Estas dos frases lapidarias resumen mucho de lo contradictorio del Código de Conducta.
El «todos lo tenemos que firmar» implica la obligación de la firma. Entonces valga la aclaración de que nadie está obligado a firmar nada: esto es un principio jurídico, y creo que sobra decirlo en un estado de derecho.

Entonces a partir de ahí podemos hablar de cumplirlo obligatoriamente. En muchos aspectos, nosotros como trabajadores no tenemos inconveniente en cumplir muchos de sus puntos, lo hacemos sin que se nos diga, trabajando con profesionalidad día a día.
Se dice en este documento que es de obligado cumplimiento para todos los miembros de la UOC, y también para los proveedores.

Adjunto el texto íntegro del Códi de conducta UOC, porque en los mensajes que se han pasado requiere entrar para poder acceder al mismo, y en las notas de prensa UOC, dan error y llevan a otro artículo.

He aquí algunos puntos con los que no estoy de acuerdo, por la falta de cumplimiento que ya desde la misma UOC no se lleva a cabo.

1. «Utilitzar tots els recursos per a assegurar una comunicació correcta i transparència en la informació de l’organització.» (pàg.10)

Nunca se entregó el informe con los resultados de la Enquesta de Clima Laboral (solicitado en reiteradas oportunidades por esta representación sindical), en la que participamos la mayoría de trabajadores y trabajadoras de Oberta. Esto no sólo contradice lo que se dice sobre la transparencia en el Codi de conducta, sino que hasta es dudoso que respete su obligación como empresa en relación a lo establecido en el Estatuto de Trabajadores:

«Artículo 64. Derechos de información y consulta y competencias
(…)
2. El comité de empresa tendrá derecho a ser informado trimestralmente:
(…)
d) De las estadísticas sobre el índice de absentismo y las causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilicen.»
(…)

2. «Garantir que hi ha i que estan en regla els contractes escrits, legalment vinculants, per a cobrir totes les relacions amb els clients, els proveïdors i tercers.» (pàg.13)

Aquí mismo hemos tenido una trabajadora durante 3 meses durante el verano, cuyo contrato de trabajo nunca fue presentado por el Àrea de Persones, donde había desconocimiento del mismo.

3. «[Hem de:] Contractar, desenvolupar i promocionar les persones, independentment de l’edat, raça, origen, gènere, orientació sexual, discapacitat, opinió política, religió, estat civil o qualsevol altra condició legalment protegida.» (pàg.15)
«[No hem de:] Permetre que cap factor discriminatori influeixi en les nostres decisions, sigui de manera directa o indirecta, respecte a la contractació, la remuneració o el desenvolupament professional d’una persona.» (pàg.15)

Soy practicamente el único caso en que la posibilidad de realizar Teletrabajo fue rechazada, un beneficio que desde mi representación sindical venía insistiendo por su extensión a la jornada completa (20% semanal) y no la media jornada como teníamos antes.
Qué paradoja y casualidad.

4. «[Hem de:] Crear un ambient de llibertat que permeti manifestar diferents opinions.» (pàg.16)
Me reservo el derecho a la duda sobre este punto.

5. «[Hem de:] Garantir que la nostra pròpia informació sensible o confidencial no es revela als competidors, sigui de manera directa o indirecta.» (pàg.17)
No puedo garantizar que la información sensible no se revele a la competencia indirectamente, cuando hay proveedores externos que trabajan para quien les pague. Para evitar esto, la UOC debería externalizar mucho menos y contratar mucho más, con contratos fijos.

Pero hay dos puntos que son los más complicados de aceptar, dada su especificidad.

6. «5.6. Conflictes d’interès
S’entén per conflicte d’interès qualsevol situació en què un professional fa ús de la seva posició o les seves relacions personals de manera que quedi compromesa la seva necessària professionalitat, podent inferir així beneficis particulars o beneficis per a la mateixa UOC.
S’ha d’evitar emprar i establir relacions professionals amb familiars, sempre que això pugui afectar l’objectivitat de l’exercici professional, i en qualsevol cas s’ha de posar en coneixement dels responsables de les àrees i estudis o dels òrgans de compliment.»
(…)
«No hem de:
– Utilitzar la nostra situació a la UOC per a benefici personal o per al benefici de persones vinculades.
– Tenir tractes de favor amb alguns proveïdors o prendre decisions de compres atenent interessos personals.» (pàg.18)

Más allá de los rumores de pasillos (contratación de familiares, ex-familiares y amigos), este punto se contradice con la campaña promocionada por la UOC (que somos una Universidad, hay que recordarlo) titulada «Recomana una persona per a treballar al CAT i obtingues 300 euros». Pero parece que esto nadie lo ha visto: todos han firmado este Còdi de Conducta UOC, incluso los miembros del Comitè de Empresa FUOC, ¿y sin embargo no han visto tamaña contradicción?

7. «5.7. Neutralitat política
La UOC com a institució es declara políticament neutral i no es fa responsable de les opinions polítiques expressades pels seus treballadors. La UOC per tant desenvolupa la seva activitat sense interferir ni participar en els processos polítics dels països i les comunitats on porta a terme les activitats. Qualsevol relació de la UOC amb governs, autoritats, institucions i partits polítics s’ha de basar en els principis de legalitat i neutralitat política.»

Permítanme expresar que en los siguientes comunicados de la UOC yo no percibo la mentada neutralidad política:

http://cv.uoc.edu/webapps/intrauoc2/web/intrauoc/-/en-defensa-de-la-democracia
http://cv.uoc.edu/webapps/intrauoc2/web/intrauoc/-/concentracio-a-les-12-hores-davant-les-seus-de-la-uoc
http://cv.uoc.edu/webapps/intrauoc2/web/intrauoc/-/comunicat-de-les-universitats-i-dels-centres-de-recerca-de-catalunya
http://cv.uoc.edu/webapps/intrauoc2/web/intrauoc/-/comunicat-dels-rectors-i-rectora-d-universitats-publiques-catalanes

Y aunque yo mismo pueda estar de acuerdo en algunas líneas generales de esos comunicados, al mismo tiempo me reservo mi derecho de opinión y expresión política. A lo que habrá que añadir la «aturada de país«, que no Huelga General, a la que adhirió como universidad.
Por eso mismo, no se me puede pedir la firma de un código de conducta que según mi criterio, la misma universidad no está respetando.

Lamento lo extenso de la explicación, pero por estas razones (sin entrar en detalles del resto), no puedo firmar un Código de Conducta que yo creo que la misma Universidad no está cumpliendo.

Carlos Lavatelli
delegat CGT
http://cgtcatalunya.cat/uoc/

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