Feb 212025
 

JUICIO 20F CONTRA LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES DEMANDADOS POR
CONFLICTO COLECTIVO POR LA EMPRESA UTE AP7 VALLÉS – SECTOR B04

📢Compañeras y compañeros! ​ ​ ​

👏Agradecemos que ayer, día 20 de febrero, la CGT del Vallès Oriental se haya concentrado en los juzgados de Granollers en apoyo de l@s trabajador@s subrogad@s de la UTE AP7 VALLÉS, denunciando las maniobras de la empresa para precarizar sus condiciones laborales.

Previo al juicio, el juez nos ha reunido a la Representación de los Trabajadores (RT) y a la empresa para una mediación. En la conciliación han intentado forzar un acuerdo, con la intención de suspender el juicio.

💪Por una mayoría de la RT, se ha determinado lo acordado en asamblea y someternos al juicio. Nuestra letrada ha defendido con firmeza nuestros derechos, basándose en la jurisprudencia europea, como la Sentencia TJUE C108/10 Scattolon, que dice que no puede ser que como causa de la subrogación haya un empeoramiento de las condiciones de trabajo de los trabajadores porque eso iría en contra de lo que dice la directiva 77/187/CEE. Dicha directiva es una normativa europea que busca precisamente proteger a los trabajadores en caso de transferencia de empresa. Si existen convenios colectivos, la empresa no puede simplemente optar por otro convenio más favorable para ella, presentarse un concurso y, en consecuencia, reducir los salarios. Es decir, no puede contratar a alguien que antes cobraba cinco, por tres y pagarle solo uno. Eso es lo que no debe ocurrir. Son criterios que sigue el Tribunal Supremo.

Al finalizar el juicio, hemos salido con buenas sensaciones, pero la decisión final está en manos del juez. Informaros que el juicio no se dará por acabado hasta que ambas partes revisen y den conformidad a las pruebas aportadas por los abogados, hasta el miércoles a las 15.00h.

Esperamos que la Sentencia sea justa y favorable. Pero si no fuera así, recurriremos hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). No permitiremos que se pisoteen nuestros derechos adquiridos. Conviene recordar que el Ministerio abona una partida de 745.000€ anuales por la diferencia salarial entre Abertis y Construcción, ¡¡💵 DINERO PÚBLICO DESTINADO AL SALARIO DE LAS Y LOS TRABAJADORES, NO PARA EL BENEFICIO EMPRESARIAL!!

🔥Desde la CGT, seguiremos luchando por la dignidad y los derechos de las y los trabajadores y estaremos pendientes de actuar si fuese necesario sindicalmente.

​-Sección Sindical CGT-UTE AP7 VALLÉS-​

🧨¡MANOS ARRIBA!!
💰CÁRTEL DEL ASFALTO
✊¡VIVA LA LUCHA OBRERA!

Feb 182025
 

Concentración el próximo jueves día 20, a las 11:30h. en el Juzgado Social nº 2 de Granollers

¡APOYO MUTUO!

¡SOLIDARIDAD CON LOS COMPAÑEROS DENUNCIADOS!

UTE AP7 denuncia al Comité de Empresa

Desde la Sección Sindical CGT-UTE AP7 VALLÉS os informaros de que la Representación Legal de los Trabajadores (RT) hemos recibido una demanda por parte de la empresa por conflicto colectivo cuyo juicio está programado para el 20/02/2025, a las 12h. en el Juzgado Social nº 2 de Granollers.

En dicha demanda, la empresa solicita al juez:

  1. Que determine si el convenio colectivo aplicable a los trabajadores subrogados de Abertis es el VII Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción, con las particularidades del Convenio Sectorial de Construcción y Obras Públicas de Barcelona (2017-2021).
  2. Que la fecha de aplicación del convenio sea la del estatal: 1 de enero de 2022.
  3. Que regule las condiciones laborales, incluyendo aspectos económicos, jornada laboral, etc.

La RLT consideramos que:

– El convenio aplicable debe ser el Convenio de Construcción de la Provincia de Barcelona, ya que tiene preferencia sobre el estatal, como se aplica al resto de la plantilla no subrogada.

– No es viable aplicar dos convenios al mismo tiempo.

– Deben respetarse las condiciones más beneficiosas adquiridas por los trabajadores, según el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 11 del VI Convenio de Construcción de Barcelona.

 

El convenio de Abertis venció el 28/12/2023. Para evitar que la jornada de trabajo actual (4-2) se consolidara como contractual en lugar de la jornada del convenio (lunes a viernes, más favorable para los trabajadores), y suspender la prescripción, el 27/12/2024 presentamos una papeleta de conciliación ante el Departament de Treball. La conciliación se celebró el 20/01/25 finalizando sin acuerdo, y ha permitido interrumpir la prescripción de la jornada.

Hacemos un llamamiento para que nos acompañéis y agradecemos vuestro tiempo y apoyo.

 

Salud,

Sección Sindical CGT- UTE AP7 VALLÈS

Sep 012023
 

Conciliación de la vida laboral y familiar. Nuevo permiso laboral para el cuidado de menores:

Las madres y padres o tutoras/es legales que tengan a su cargo uno o más hijos pueden disfrutar de diferentes permisos en el ámbito laboral para el cuidado de los menores, cumpliendo una serie de requisitos y amoldándose a la normativa vigente que regula estos supuestos. Es el caso del permiso laboral de ocho semanas que podrán pedir con motivo de la vuelta al cole.

El permiso laboral de ocho semanas es una ayuda a la conciliación familiar con el trabajo para los padres que tengan hijos menores de 8 años de edad, que podrán ausentarse de su puesto de trabajo en un máximo de ocho semanas, de forma continua o discontinua, tanto en los meses de vacaciones como con la llegada de la vuelta al cole en el mes de septiembre.

Este permiso, de duración no superior a 8 semanas, continuas o discontinuas, es intransferible y podrá disfrutarse de manera flexible.

Las personas trabajadoras tendrán derecho a un permiso parental, para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años, se recoge en el Real Decreto-ley 5/2023.

Este permiso podrá disfrutarse a tiempo completo o en régimen de jornada a tiempo parcial, como un derecho individual de hombres y mujeres, sin que pueda transferirse su ejercicio.

¿Cómo se solicita el permiso parental de 8 semanas?
La mencionada normativa también regula la forma en la que la interesada puede solicitar este derecho, ya que es la propia persona trabajadora quien lo tiene que pedir a su empresa: “Corresponderá a la persona trabajadora especificar la fecha de inicio y fin del disfrute o, en su caso, de los períodos de disfrute”, se indica.

Además, deberá comunicarlo a la empresa con una antelación de 10 días o la concretada por los convenios colectivos, salvo fuerza mayor, teniendo en cuenta la situación de aquella y las necesidades organizativas de la empresa.

Por último, hay que saber que, en caso de que varios personas de la misma empresa puedan y quieran acogerse a este derecho en el mismo periodo de tiempo, alterando el correcto funcionamiento de la empresa, se puede acordar el aplazamiento de la concesión por un periodo razonable, justificándolo por escrito y después de haber ofrecido una alternativa de disfrute igual de flexible.

Es un Permiso NO retribuido.

Jul 192017
 

Los compañeros y compañeras de la Sección Sindical de CGT en Sodexo Iberia SA (subrogados hace pocos días desde Acciona Facility Services SA), trabajadores del almacén automático de la planta de Coca-Cola en Montornès del Vallès / Martorelles, inician hoy miércoles 19 de julio una huelga indefinida, por la situación que vienen denunciando desde hace tiempo, también a la inspección de trabajo, situación que pasamos a detallar:

  • Acabar con la precariedad en las condiciones laborales del personal de Silos.
  • Finalizar con la contratación temporal en fraude de ley (contratos de obra) del personal de silos.
  • Eliminar la continua rotación de empresas externas subcontratadas y subrogaciones de personal para dicho servicio.
  • Equiparación salarial del personal de silos con el personal de plantilla de Cobega Embotelladora, con quienes se comparten trabajos y día a día.
  • Incumplimiento sistemático en materia de prevención de riesgos laborales, en formación, seguridad e higiene, y en las condiciones generales de trabajo de los Silos de la Factoría Cobega (CocaCola).

A día de hoy, la empresa y sus sucesivas subrogaciones han hecho caso omiso de las reivindicaciones de los trabajadores y trabajadoras. Cada vez que cambia la empresa prestadora del servicio, reaparecen las presiones y coacciones que reciben los compañeros y compañeras, creyendo estos empresarios que descubren algo nuevo: se llama lucha de clases y se definió hace 150 años!

Es por eso que ante esta situación, la plantilla ha dicho basta a la precariedad laboral y ha decidido ir a la huelga indefinida, hasta que no se revierta esta situación.

Todo nuestro apoyo a la Huelga de silos de Cobega Coca-Cola!

Basta de precariedad laboral!

 

CGT Vallès Oriental
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